Mar
06
2023
La tramitación y registro de muertes en campo de équidos registrados en la Comunidad Autónoma de Extremadura se regula mediante el Decreto 50/2021, de 26 de mayo, el cual determina en su artículo 23 que dicho procedimiento se deberá llevar a cabo a través de la Oficina Veterinaria de Zona correspondiente, comunicando la muerte o pérdida del animal, incluido el robo, en un plazo de 15 días, para lo cual deberán acompañar la notificación con el Documento de Identificación Equina del animal, el cual será remitido con posterioridad por los servicios veterinarios oficiales al organismo emisor que corresponda.