Mar
05
2025
La tramitación y registro de muertes en campo de équidos registrados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León se regula mediante la Orden AYG/343/2018, la cual determina en su artículo 20 que dicho procedimiento se deberá llevar a cabo a través de la Unidad Veterinaria que le corresponda según su localidad de ubicación, comunicando la muerte o pérdida del animal, incluido el robo, en un plazo de 7 días (art. 25.3 del Real Decreto 787/2023), para lo cual deberán acompañar la notificación con el Documento de Identificación Equina del animal, el cual será remitido con posterioridad por los servicios veterinarios oficiales al organismo emisor que corresponda.